REUNIÓN EN EL
MFOM PARA ABORDAR EL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ADAPTACIÓN DE LA NORMATIVA DEL
TACÓGRAFO A LAS ESPECIFICIDADES ARHIPELÁGICAS
La representación ministerial
estuvo encabezada por el Director General de Transporte Terrestre, D. Joaquín
del Moral, acompañado de la Subdirectora General de Inspección, Alicia Rubio y
del Subdirector de Ordenación y Normativa, Emilio Sidera.
La presencia empresarial estuvo
configurada por una representación de la Federación de Empresarios de
Transportes de Canarias, FET Canarias, Astracan y la Federación Empresarial
Balear de Transportes, FEBT.
En cuanto a los sindicatos se
contó con la presencia de representantes tanto a nivel nacional como de los dos
archipiélagos de CC.OO. y de la UGT.
El Ministerio de Fomento comenzó
la reunión dejando claro un aspecto fundamental como es el de que no tiene
intención de exceptuar totalmente a los archipiélagos españoles del uso
obligatorio del tacógrafo, por lo que solicitó que el debate se
centrara en los cuatro puntos que conforman el proyecto de R.D. por el que se
establecen reglas para la aplicación de las normas sobre tiempos de conducción
y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera desarrollado
en islas cuya superficie no supere los 2.300 km cuadrados:
a) El
período de descanso diario normal se podrá tomar en dos o tres períodos separados,
uno de los cuales no podrá ser inferior a 8 horas.
b) Podrán
realizarse períodos de descanso semanal reducidos durante las tres semanas
consecutivas a una en que se hubiese realizado un período de descanso semanal
normal, debiendo compensarse dicha reducción antes de finalizar la cuarta
semana siguiente a aquella en que se realizó el descanso semanal normal.
c) La
pausa de 45´ podrá sustituirse por dos o tres pausas de al menos 15´ cada una,
intercaladas en el período de conducción o situadas inmediatamente después del
mismo.
d) En
los trayectos con transbordo en ferry no será necesario que el conductor tenga
acceso a una cama o litera durante el período de descanso diario normal, cuando
la duración del trayecto marítimo no sea superior a 4 horas.
La intención del Ministerio con
esta reunión era otorgar una oportunidad al consenso entre las organizaciones
sindicales y empresariales.
Los sindicatos formularon un
extenso alegato técnico con el que trataron de avalar su oposición a la
tramitación por parte de Fomento de cualquier tipo de adaptación normativa en
materia de tacógrafo o tiempos de conducción y descanso, defendiendo la
inexistencia de especificidades en cuanto al transporte respecto de los
territorios continentales. Al mismo tiempo, plantearon la conveniencia
de que este tipo de asuntos fueran abordados en el seno de una mesa de
negociación colectiva entre las patronales de los archipiélagos y las centrales
sindicales auspiciada por el Ministerio de Fomento.
La representación empresarial
compuesta por FET, Astracan y FEBT reiteró una vez más la petición de
exceptuación total del uso obligatorio en los archipiélagos con superficie
inferior a 2.300 km cuadrados en la línea de lo previsto por la normativa
europea y como se había venido operando desde siempre.
En cuanto al contenido del
proyecto de R.D. la representación empresarial manifestó que le parecía escasa
dado que recogía solo una parte de los puntos solicitados desde las patronales
insulares aunque abogaron por la continuidad en la tramitación del mismo aunque
insistiendo en la necesidad de mayor flexibilidad con la distribución del
descanso semanal reducido solicitando su posible acumulación en períodos de
tiempo mayores.
Al final de la reunión y ante la
falta aparente de acuerdo el Ministerio de Fomento instó a las partes a que
mantuvieran unas reuniones de ámbito regional en ambos archipiélagos por un
plazo de quince días, tras los cuales si no hubiera acuerdo o al menos se
hubiera abierto una línea de diálogo se continuaría con la tramitación del
proyecto de R.D.