viernes, 25 de octubre de 2024

REGULACIÓN DE SERVICIOS MÍNIMOS PARA EL TRANSPORTE DE VIAJEROS DURANTE LAS JORNADAS DE HUELGA CONVOCADAS POR LOS SINDICATOS

El calendario de huelga es el siguiente:


Octubre 28

Noviembre 11, 28 y 29 

Diciembre 5, 9 y a partir del 23 huelga indefinida

Conforme a la última reforma legal sobre la competencia para el establecimiento de servicios mínimos, será cada Administración con competencias directas la encargada de su publicación.


En el caso de Canarias se ha establecido la siguiente regulación.


En aquellas islas que tengan declarados los puertos o aeropuertos como áreas sensibles, el Cabildo Insular podría, en caso necesario, liberalizar el acceso de los taxis de todos los municipios durante las jornadas de huelga.


Llama la atención las siguientes ausencias en esta regulación de servicios mínimos:


a) Transporte relacionado con centros sociosanitarios (Centros de día, residencias de mayores, residencias de Alzheimer, San Juan de Dios, etc.)


b) Transporte escolar de centros de enseñanza concertada y privada.


c) Criterios dispares entre islas para la regulación de los servicios públicos de uso general.