miércoles, 28 de junio de 2023

PRÓRROGA DE LA AYUDA ESTATAL PARA EL COMBUSTIBLE DE TRANSPORTISTAS PROFESIONALES HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2023.




El Consejo de Ministros ha aprobado el 27 de junio de 2023 un nuevo Paquete de Ayudas para el segundo semestre del año, en concreto en lo relativo a la prórroga de las medidas dirigidas al sector del transporte por carretera aprobadas el pasado mes de Diciembre, en las que se mantiene la bonificación a los combustibles de 10 céntimos por litro que había en la actualidad, aunque se rebajará a los 5 céntimos a partir del próximo mes de Octubre. 

En el caso de las empresas de transporte de Canarias se establece un régimen de ayudas específicas que deberán solicitarse a partir del próximo mes de septiembre, cuya cuantía se reduce prácticamente a la mitad respecto a la que se aprobó en el primer semestre de este año.

El mantenimiento de la bonificación permitirá aliviar a los transportistas la previsible nueva subida de los combustibles que se produzca a partir de otoño, como pronostican diferentes organismos y analistas internacionales, ante un posible agravamiento del conflicto bélico en Ucrania.   En todo caso no debe olvidarse que, si bien es cierto que el precio del petróleo a nivel internacional se ha contenido en los últimos meses, aún se encuentra en niveles altos y con alta volatilidad muy superiores a los que había en 2021 por estas fechas.

COLECTIVOS OBJETO DE LAS AYUDAS

Empresas de transporte público de mercancías y viajeros, taxis, VTC y ambulancias.

AYUDAS ESPECÍFICAS PARA CANARIAS

Como en convocatorias anteriores, Canarias será objeto de un sistema de ayudas distinto al aplicable en Península.

Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria entre el 18 de septiembre y el 31 de octubre de 2023. 

Una vez sea aprobada la ayuda se abonará en un único pago.

La cuantía de la bonificación se calcula estimando el consumo, por tipo de vehículo, en un periodo de seis meses: del 1 de julio de 2023 al 31 de diciembre de 2023. Así, teniendo en cuenta las diferentes cuantías fijadas para cada trimestre, las ayudas por vehículo para todo el periodo son las siguientes:
 
Vehículo Importe
(euros)

Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA ≥ 7,5 t y tipo de carburante GLP, GNC o GNL. 1.845

Mercancías pesado. MDPE con MMA≥7,5 t, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla. 1.350

Mercancías pesado. Camión. MDPE con MMA<7,5 t. 500

Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE. 225

Ambulancia VSE. 225

Taxis. VT. con tipo de combustible GLP, GNC o GNL. 205

Taxis. VT con tipo de combustible gasolina. VT con tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias o taxis domiciliados en Ceuta o Melilla o sin aparato taxímetro. 150

Vehículo alquiler con conductor. VTC. 150

Autobús. VDE y tipo de carburante GLP, GNC o GNL. 1.025

Autobús. VDE y tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla. 750

Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de 

Vehículos y tipo de combustible GLP, GNC o GNL. 1.025

Autobús urbano conforme a la clasificación por criterios de utilización del Reglamento General de Vehículos, tipo de combustible gasóleo y domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla. 750
 
 
https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2023/270623-rp-cministros.aspx