martes, 27 de noviembre de 2012

CARTELES IDENTIFICATIVOS DE LAS RUTAS DE TRANSPORTE ESCOLAR



En las últimas fechas las empresas de transporte están recibiendo del servicio de coordinación de transporte escolar dependiente de la Dirección General de Promoción 
Educativa la petición de colocación de carteles identificativos en las guaguas donde se indique que se trata de servicios contratados por la Consejería de Educación..

Al respecto les informamos que dichos carteles aparecen regulados únicamente en el pliego de condiciones administrativas que rige el contrato del concurso 2006-2009, que en su cláusula 19.18 establece que la Administración facilitará unos carteles que cumplirán el manual de imagen corporativa del Gobierno de Canarias siendo obligación de los transportistas permitir su instalación durante los servicios escolares.

Nos hemos dirigido a la Dirección General de Promoción Educativa con la finalidad de aclarar algunos aspectos que ya fueron debatidos en su día con dicha administración como son:

1º Los carteles deberá confeccionarlos y facilitarlos la administración pública, constituyendo la obligación del transportista únicamente colocarlos en las guaguas.

2º Las dimensiones de dichos carteles deberá tener en cuenta las normas vigentes al respecto en cuanto a industria, tráfico y circulación de vehículos dado que no pueden limitar en los cristales el campo de visión de los conductores, por lo que deberán adaptar su tamaño a los diferentes tipos y dimensiones de guaguas.

3º Las rutas incorporadas a los demás contratos que no sean el del concurso 2006-2009 no contemplan la obligación de instalación del citado cartel.

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